Fri, 01 Mar 2024
La falta de personal especializado en la unidad de violencia de género de Fiscalía General del Estado, en la ciudad de Cuenca, lo cual vulnera el debido proceso
Abstract
Introduction: This research is aimed at the study of the lack of specialized personnel in the Gender Unit of the State Attorney General's Office (FGE), based in the city of Cuenca, province of Azuay; these professional personnel are at the disposal of FGE, to carry out the investigative work required in the different crimes that may arise. who are members of the Comprehensive Specialized System of Investigation, Legal Medicine and Forensic Sciences, determined in Articles 448, 449 and 450 of the Organic Comprehensive Criminal Code (COIP), better known as experts and/or auxiliaries of justice, are mentioned as such, because they are experts in the subject that is required, to investigate, resolve and expose facts in a scientific manner, ratifying or disproving facts that are or are not attached to the reality of an alleged crime. Objectives: To determine whether the financial resources allocated to the Specialized Unit for Gender Violence in the city of Cuenca are sufficient to conduct an adequate investigation. Methodology: In this research article, a didactic method was used, as well as a statistical method, to know what was proposed within the general objective and the specific objectives in the preliminary project. Results: The results obtained from the investigation reflect a negativity since not even a quarter of what enters the Gender Violence Unit of the canton of Cuenca are resolved, since due to the procedural burden it is not possible to move forward with most cases, remaining in impunity. Conclusions: the lack of this specialized personnel that makes the Gender Unit of FGE of the city of Cuenca, is due to the workload that it maintains, resulting in insufficient specialized personnel that the Provincial Prosecutor's Office of Azuay has, since they are available to all the Units or Prosecutor's Offices of the city and the province. In this way, the principle of speed and due process is clearly violated since many cases go unpunished due to a lack of speed and efficiency in the justice system. General Area of Study: Law. Specific area of study: Procedural Law.
Main Text
Introducción
El presente artículo científico trata de la falta de personalespecializado de investigación en la Unidad Especializada de Violenciade Genero de Fiscalía General del Estado en la ciudad de Cuenca, esto eslos peritos que se encuentren acreditados en el Consejo de laJudicatura, si bien existen estos profesionales para ciertas áreas deacuerdo a la naturaleza del delito que se requiere investigar, existencarencias que en otras áreas retardan el proceso de investigación,teniendo que acudir a otras provincias o solicitar a Fiscalía Centralpara que esta envíe al personal especializado para el área que serequiere, dichos peritos en algunas ocasiones no se abastecen a cubrircon ciertos casos al encontrarse con la agenda demasiado lleno, ya queson requeridos en diferentes ciudades del país, razón por la cual no sepuede dar cumplimiento a tiempo con las labores que se piden en laUnidad de Violencia de Genero, vulnerando de esta manera un principiofundamental prescrito en la Constitución de la República del Ecuador, elCódigo Orgánico Integral Penal (COIP) y el Código Orgánico de la FunciónJudicial (COFJ), es decir el principio de celeridad procesal.
La problemática del tema de investigación como bien se hizo menciónen el anteproyecto que fue aprobado por el Consejo Académico de lapresente Maestría, por la cual se ha hecho este trabajo investigativo,ha sido la falta del personal especializado en la Unidad de Violencia deGenero de la ciudad de Cuenca, ya que al no contar con este personal seretrasa la continuidad de la investigación o se deja de lado lasdenuncias o noticias del delito que fueron presentadas con anterioridad,esto por haber dejado de impulsar la víctima o víctimas de los delitosque se hayan cometido, vulnerando así el debido proceso, la tutelajudicial efectiva, la celeridad procesal entre otros principiosconstitucionales y legales, quedando en la indefensión las víctimas,puesto que como es de nuestro conocimiento, tanto en los temas deinvestigación de las etapas pre procesales, como procesales a cargo deFiscalía General del Estado, y posterior ante la Autoridad Competente,se debe seguir el debido procedimiento para ejecutar cada paso queestablecen las normas para el ejercicio y ejecución de cada situacióninvestigativa, es aquí que se presentan situaciones que dejan mucho quedecir, ya que para cumplir de buena manera con el ejercicio de lainvestigación se debe contar con el personal suficiente y especializadopara el área requerida, en estos casos a veces no se cuenta con estepersonal, teniendo que acudir a otras dependencias de Fiscalía, yesperar la disponibilidad de los mismos.
Es por esta razón que al elaborar el presente artículo científico sepropuso desarrollar acciones políticas que permitan contar con elpersonal especializado suficiente en la Unidad Especializada deViolencia de Genero de la ciudad de Cuenca, ya que al ser la terceraciudad más importante del Ecuador, así como también al ser la ciudad quemás aporta con los tributos a las arcas del Estado, debe ser atendida dela mejor manera y no esperar que se disponga desde la ciudad de Quitolos requerimientos de Fiscalía Provincial del Azuay, puesto que sonrecursos económicos que le corresponden cada año a esta institución, ydeben ser cumplidos de manera satisfactoria en su totalidad y asíFiscalía como órgano autónomo de la Función Judicial pueda contar con elpersonal necesario para el mejor desarrollo de la investigación de loscasos pertinentes, con mayor atención en el campo de los Delitossexuales.
Hipótesis: Al vulnerarse el principio del debido procesopor falta del personal especializado en la Unidad de Violencia de Generode la Fiscalía General del Estado de la ciudad de Cuenca, se afecta elprincipio de celeridad, afectando la tutela judicial efectiva.
¿Porque no se designa el personal suficiente dentro de la FiscalíaProvincial del Azuay, en especial para la ciudad de Cuenca?
¿Qué se debería mejorar dentro de la Fiscalía provincial del Azuaypara un mejor manejo de la carga procesal especialmente en la Unidad deGenero de la ciudad de Cuenca?
¿Porque la falta de recursos económicos termina afectando el debidoproceso y la tutela judicial efectiva?
Objetivo General: Determinar si los recursos económicosdestinados a la Unidad Especializada de Violencia de Genero de la ciudadde Cuenca son suficientes para realizar una investigación adecuada, paraque se cumpla de esta manera con el debido proceso y no queden en laimpunidad ciertos delitos que se pudieran presentar en lo posterior.
Objetivos Específicos: * Analizar las situaciones porlas cuales no se cuenta con los recursos económicos dentro de lainstitución y como poder llenar ese vacío.
- Demostrar que la falta de recursos económicos termina afectando en especial a una de las Unidades especializadas de Fiscalía, como es la de Genero, la cual al no contar con el personal especializado para su área no pude continuar con la investigación del caso, dejando en la impunidad ciertos delitos.
- Establecer un plan estratégico que sea sostenible a largo plazo y así poder cubrir las áreas que requieren la intervención el personal especializado de investigación.
Según la entrevista que se mantuvo con la Ab. Mg. Mireya PaulinaCabrera Marín, Analista Provincial de Gestión Procesal de FiscalíaProcesal se ingresan al año un aproximado de 1500 casos de violencia deGénero, de los cuales termina con sentencia un 40%. Mientras que el otro60% se mantienen en proceso de investigación por falta de prueba, o enestos casos por no contar aún con el personal especializado deinvestigación, ya que al no contar con este personal en la ciudad deCuenca, se tiene que hacer las gestiones para traer al personal deinvestigación de otras provincias, esto genera a su vez un retraso en lainvestigación, teniendo que esperar por muchos días, semanas y meses enalgunos casos, vulnerándose de esta manera el principio de celeridadprocesal.
Fiscalía al ser una institución aparentemente “autónoma” del PoderJudicial, cuya función es velar por los derechos de las personasnaturales y jurídicas, que hayan sido vulnerados, siempre estará endefensa del interés humano, natural, patrimonial, entre otros, bajo lapotestad que le confiera la Constitución de la República del Ecuador ensu Art. 194 y siguientes, es el Abogado del Estado quién está encargadode luchar por la justicia a favor de un ciudadano común o de una personajurídica, incluso de la propia naturaleza a petición de la Defensoríadel Pueblo, como por cualquier persona que presente la denuncia,poniendo en conocimiento de la Autoridad competente el delito de acciónpública que se haya cometido en contra de cualquiera de estas personas,ya sea en contra de un individuo, como en contra de una colectividad(Asamblea Nacional Constituyente, 2008).
Según el Diccionario Jurídico elemental a Fiscalía o Fiscal, se leconoce también con el nombre de Ministerio Público, antiguamente se leconocía con este nombre a la Institución antes descrita, hoy por hoy enalgunas legislaciones internacionales se le sigue conociendo con estemismo nombre, el cual según este diccionario lo define de la siguientemanera:
Fiscal: El Ministerio Publico es aquel órgano encargado de cooperar en la administración de justicia, velando por el interés del estado, de la sociedad y de los particulares mediante el ejercicio de las acciones pertinentes haciendo observar las leyes y promoviendo la investigación y represión de los delitos. (Cabanellas, 1993, p. 203)
El Personal Especializado de investigación, es aquel cuerpo colegiadode Peritos, los cuales son expertos en la materia de investigacióncientífica, que sirven como auxiliares de la Justicia para determinarciertas situaciones que sean difíciles de entender para las personascomunes o que estén fuera del conocimiento tanto para el Juez como parael mismo Fiscal quien es el encargado de realizar la acusación y dellevar los elementos probatorios suficientes y poner en conocimiento delJuez de garantías penales como del Tribunal que conozca del caso. Todoperito debe estar acreditado al Consejo Nacional de la Judicatura parapoder actuar en los procesos Judiciales, caso contrario no tiene muchavalidez su actuación en un proceso judicial, y pasa a servir como untestigo experto, vale mencionar que en caso de que no exista perito enla materia que se requiera se procede a buscar uno que sea externo a lainstitución y solo tendría validez como testigo experto.
Según el Diccionario Jurídico elemental de Guillermo Cabanellas(1993), define a un perito como:
PERITO: “Especialista, conocedor, practico o versado en una ciencia, arte u oficio. Quien posee título estatal de haber hecho determinados estudios o de poseer experiencia en una rama del conocimiento o en una actividad cualquiera. La Academia agrega, para definir al perito judicial, al que interviene en el procedimiento civil, penal o de otra jurisdicción, como la persona “que, poseyendo especiales conocimientos teóricos o prácticos, informa, bajo juramento, al juzgador sobre puntos litigiosos en cuanto se relacionan con su especial saber o experiencia”. (p. 241)
El tema materia de investigación del presente caso se relaciona conel personal especializado insuficiente en la Unidad de Violencia deGenero de la ciudad de Cuenca, y a su vez la falta de presupuesto paraFiscalía Provincial del Azuay, razón por la cual no se puede contar conel personal especializado suficiente para el área que se requiereinvestigar, siendo de gran importancia este personal para desarrollar lainvestigación del caso requerido y dar a conocer los hechos que serelacionaron con la vulneración del derecho afectado.
Es entonces estos planteamientos expuestos que dificultan el correctodesempeño de la investigación completa o en su totalidad de los casosque se presentan en la Unidad Especializada de Violencia de Genero deFiscalía General del Estado con sede en la ciudad de Cuenca, razón porla cual muchos casos quedan en la impunidad, al no poder contar con elpersonal especializado o con los recursos suficientes para lacontratación de un personal externo a la institución.
De acuerdo con lo que establece nuestra Constitución de la Repúblicadel Ecuador en su Art. 75, establece los derechos de protección, loscuales son el cumplimiento con el debido proceso, el acceso a lajusticia de manera oportuna y gratuita, para que el estado vele pornuestros derechos que no sean vulnerados, y se haga cumplir con lareparación integral de haber sufrido un daño (Asamblea Nacional Constituyente, 2008).
Así también podemos ver que la carta magna en el Art. 169 nos habladel sistema procesal, el cual se basará por algunos principios, como esel de la simplificación, uniformidad, eficacia, la inmediación, laceleridad y economía procesal (Asamblea Nacional Constituyente, 2008).
En el presente Artículo científico se analiza varios principios,entre ellos el principio de celeridad, ya que es un principio de granimportancia que en esta situación de estudio podemos evidenciar que sevulnera al no cumplir con lo que manda la Constitución y la Ley, ya queal no contar con el personal especializado, se deja de lado ciertoscasos, quedando de forma indirecta en la indefensión la víctima, o enalguno de los casos se continúa pero sin contar con un elementoprobatorio que puede servir de base fundamental para el desarrollo delcaso, con el cual se podría demostrar la materialidad de la infracción.Como dice el jurista uruguayo “En el proceso el tiempo no es oro, sinoJusticia”, esto haciendo referencia a que este principio es primordialpara que se dé cumplimiento con el debido proceso, puesto que lasociedad espera de la rama judicial una decisión oportuna que permitavivir en armonía y en paz con la colectividad (Gallo, 2024).
En el presente artículo investigativo se menciona que se terminaafectando el goce de la tutela judicial efectiva, puesto que losexpedientes que se encuentran en la fase pre-procesal no avanza a lasiguiente fase procesal por falta de elementos probatorios, ya que enesta fase se empieza a efectuar el control del proceso para que se llevede la manera correcta y se pueda dictar una sentencia proporcional porel delito que se haya cometido, puesto que el agente Fiscal al no contarcon estos elementos decide no seguir con continuar con la investigacióndel caso, quedando en la indefensión la víctima, ya que no cuenta con elpersonal especializado para que se realice la labor de investigación oestudio de lo que se pretenda analizar y dar a conocer a la autoridadcompetente, esto es la materialidad de la infracción (Pallares,2019).
Como podemos evidenciar en la presente investigación la violencia degénero, en gran parte se da en contra de las mujeres, ya que al serconsideradas el sexo débil, están más vulnerables al cometimiento deciertos delitos en su contra.
Los delitos de naturaleza sexual son aquellos que se cometen porparte del cónyuge, padrastro, abuelo, tíos, en contra de una mujer, estoocurre en la mayoría de casos en los hogares, denominándose delitos deviolencia intrafamiliar.
Según lo que determina el Código Orgánico Integral Penal seclasifican en Delitos y Contravenciones, los cuales pueden ser violenciafísica, psicológica y sexual, así lo determina el Art. 156, 157 y 158 dela norma antes descrita (Asamblea Nacional del Ecuador, 2014). Losdelitos de naturaleza sexual son la violación, el estupro, el acososexual, el abuso sexual, siendo estos los más relevantes, o sea los quemás se dan a menudo (Asamblea Nacional del Ecuador, 2014).
Antecedentes generales
Fiscalía General del Estado.- Conocida comoMinisterio Público hasta la promulgación de la Constitución del año2008, recibe por primera vez la autonomía organizativa y funcional enlas Reformas Constitucionales del año 1995, posterior a ello el 19 demarzo de 1997 se crea la Ley Orgánica del Ministerio Público; en laConstitución del año 1998, en su Art. 219 se establecen cambiostrascendentales en dicha institución, redefiniéndose y reforzándose susfunciones para una mejor aplicación institucional y jurisdiccional; peroel verdadero cambio ocurre con la creación del Código de ProcedimientoPenal el 13 de julio del año 2001, en la que se cambia el sistemainquisitivo de justicia penal, que había estado vigente por más de 150años dentro del sistema judicial ecuatoriano, y se pasa al sistema penalacusatorio y oral, en la que el entonces Ministerio Público pasa a tenerla carga de la prueba en las Audiencias de Juicio, así como dirigir lainvestigación pre procesal y procesal, con imparcialidad y objetividad.En la Constitución del año 2008 se cambia de nombre, de MinisterioPúblico pasa a llamarse “Fiscalía General del Estado”; al ser esta unainstitución que vela por la búsqueda de la verdad de hechos ilícitos quese hayan cometido en contra de una persona natural o jurídica, o dedesvirtuar los mismos bajo el principio de objetividad; se encarga deconocer los delitos de acción penal pública. Dicha institución alencontrarse amparado por la Constitución de la Republica del Ecuador ensu Art. 194, describe como una institución autónoma de la FunciónJudicial, está encargada de conocer los delitos de acción penal publicaque se encuentran tipificados y sancionados en el Código OrgánicoIntegral Penal, órgano que se encuentra organizado por una máximaautoridad conocido como Fiscal General del Estado, por FiscalesProvinciales y por Agentes Fiscales determinados para las UnidadesEspecializadas en la ciudades capitales de provincia o en ciudades conuna densidad poblacional alta, así mismo conocidos estos últimos comoFiscales Multicompetentes, al encontrarse en los cantones que tienen uníndice poblacional de menor cantidad (Asamblea Nacional del Ecuador, 2014).
Al ser tema de estudio Fiscalía General del Estado y por ser unainstitución muy amplia, decidí investigar de manera específica a laUnidad Especializada de Violencia de Genero que se encuentra ubicada enla ciudad de Cuenca, provincia del Azuay, tema relacionado a la faltadel personal especializado de investigación (PERITOS). El problema quese ha venido generando día a día en el ámbito laboral desde el punto dela investigación que realiza la Unidad Especializada de Genero se havisto opacado por algunas situaciones que llegando a investigar aprofundidad se ha podido conocer que son de índole económico, ya quetodo esto dificulta el progreso de muchas investigaciones que quedan enel limbo, por no contar con el personal especializado para el área ohechos que requieren ser analizados por el personal experto, así comootras se dan por razones personales de la víctima, ya que dejan departicipar dentro de la investigación, quedando el Agente Fiscal sinelementos probatorios suficientes para continuar con la investigación,por lo que en esta situación el funcionario encargado al cumplir elperiodo de tiempo para la investigación según lo determinado en el COIP,solicita el Archivo de la Investigación a la Autoridad Competente.
Esta institución, al ser un órgano autónomo de manera administrativay económico, cuenta con un cuantioso número de funcionarios internos,los cuales están al servicio de dicha institución, trabajando de manerainterna y otros que lo hacen de manera externa, quienes pueden serconsiderados como personal privado o de otro institución pública, asícomo también con algunos de ellos se tiene conveniosinterinstitucionales, ejemplo: personal de investigación decriminalística de la Policía Judicial, personal experto de investigacióndel Sistema Nacional de Aduanas, entre otras instituciones que prestansus servicios de así requerirse.
Personal Especializado deInvestigación.- Coopera de manera conexa conFiscalía General del Estado, estos profesionales en el campo del derechose los denominados peritos, los cuales, como requisito especial para sucorrecto desempeño, así como para su validez científica ante laJusticia, deben cumplir el requisito preliminar, estar acreditado alsistema de peritos de la Función Judicial, cuya acreditación lo realizana través del órgano administrativo de la función antes citado,denominado Consejo Nacional de la Judicatura, los cuales tienen quecumplir con ética profesional, apegados al margen de la Ley, así como alo que establece el Reglamento del Sistema Pericial Integral de laFunción Judicial.
Origen y definición del personal especializado deInvestigación (PERITOS)
El personal especializado de investigación aparece en el sistemajudicial con la creación de la Policía Nacional, la cual aparece porprimera vez y de forma oficial en la Constitución de 1843, cuyoorganismo estaba bajo el régimen y dominio de los Gobiernos municipales,ya por el año de 1884, en el Gobierno de Placido Caamaño se modifica elnombre y la administración de la Policía, pasándose a llamar Policía deOrden y Seguridad, los cuales estarían encargados de la seguridadnacional y, ya no estarían bajo la administración de los gobiernosmunicipales; ya por el año de 1895, se crea lahoy conocida “Policía Judicial”, en ese entonces conocidacon el nombre de “Investigaciones yPesquisas”; en el año 1897 oficialmente se le encargalas labores de juzgamiento de los robos y homicidios, así mismo se abrenlas oficinas de dicho departamento en las ciudades de Quito y Guayaquil.En el año de 1975 con la creación de la Ley Orgánica de laPolicía Nacional, se pasa a llamar oficialmente: “PolicíaNacional”, así mismo en dichas reformas aparece de manera formalel departamento de la Policía Judicial, quienes seencargaría exclusivamente de las investigaciones de los diferentesdelitos que se cometieran en contra de la sociedad, siendo reconocidopor la Ley como cuerpo auxiliar de la Administración de la Justicia,cuyo organismo estaría conformado por especialistas para el área que serequiera (Wikipedia, 2022).
El servicio de medicina legal se crea mediante decreto por elentonces Congreso Nacional, hoy conocida como Asamblea Nacional, mismaque se crea a finales de 1946 y entra en funciones el primer mes del año1947; previo a la creación del ente antes citado, vale reconocer suorigen, el cual aparece por necesidad y por iniciativa de loscientíficos y conocedores de las ciencias de la criminalística, personalprofesional de la institución conocida como los Carabineros del Ecuador(actual Policía Nacional), los cuales para el año de 1937 eranreconocidos como un cuerpo de policías profesionales, en ese periodo detiempo empezaron a escribir artículos respecto a los temas deinvestigación de los delitos, así como el análisis de los indicios, losmismos que hacían referencia al estudio del cadáver y, por primera vezse habla de las pericias, fue así que el Dr. Alejandro Montalvo, médicolegista de la institución “Carabineros del Ecuador”, quien escribe en suartículo la importancia del estudio del cadáver, del reconocimiento dellugar de los hechos, para llegar a la verdad de los hechos violentos, enese entonces ese era el rol que se cumplía, del cual este último estabaa cargo, razón por la cual se considera que con dicho médico legista sehicieron las primeras inspecciones oculares en el país. Al crearse elárea de Medicina Legal, se dispone que en dicho decreto sea de servicionacional, creándose la oficina central en la ciudad de Quito y otraoficina en la ciudad de Guayaquil por la magnitud poblacional, mismosque funcionaban adheridos a los cuarteles de la policía de ese entonces.En el Gobierno del presidente Velasco Ibarra, a inicios del año 1960, sepone a disposición el Servicio de Investigación Criminal, auspiciado porel gobierno de los Estados Unidos de América, equipados de tecnología,así como se firma un convenio de cooperación de internacional conInglaterra, Francia, Bélgica y Japón, los cuales brindaríancapacitaciones al personal encargado del área de Criminalística, quienesse capacitaría para las investigaciones forenses, dándose paso así porprimera vez y de manera oficial la labor criminalística dentro de laPolicía Nacional. En 1964 se asignó un nombre a el área deCriminalística como “Laboratorio de Investigación Criminal”,posteriormente en el año 1975 se cambiaría el nombre a “LABORATORIOCENTRAL DE PERITAJES”, conocido con dicho nombre hasta el 84, época enla cual ya se contaba con algunas especialidades en dicho departamento,tales como: toxicología, análisis de drogas, balística, documentología ydactiloscópica. Una vez que en nuestro país se encontraba consolidado eltrabajo de criminalística, en el año 2000 se crea un organismo rector decontrol, al cual se le denominaría Sub-Dirección Técnica Científica, laque estaría a cargo del control y de las políticas de los Departamentosde Medicina Legal, Criminalística y Archivo Central. Por último, en elaño 2014 con la inversión del Gobierno central se logra la construcciónde un laboratorio moderno de criminalística, siendo considerado el mejordel país, el cual se llevaría el nombre de LABORATORIO DE CRIMINALISTICAY CIENCIAS FORENSES (Ministerio del Interior, 2022; Borja et al.,2014).
Con los antecedentes expuestos se puede resumir que mientras avanzabala ciencia y la tecnología en el mundo, en Ecuador se hicieron grandesesfuerzos por tratar de estar a la altura de países Europeos o deEstados Unidos de América, o al menos tratar de superar a los paísesvecinos, con la aplicación de nuevos métodos científicos en el ámbito dela investigación, con la innovación y la preparación del personalespecializado de criminalística y medicina legal, lo cual claramente sepuede evidenciar que las ciudades siempre beneficiadas fueron Quito yGuayaquil, tanto la primera por ser la capital de la República y lasegunda por ser la más poblada de la nación, esto sin lugar a dudas dejamucho que desear, y en base a lo investigado si bien hoy ya no nosencontramos en el siglo XX, las cosas han mejorado, ya que hoy en díacada provincia o las más pobladas cuentan con su propio personalespecializado de investigación, pero no satisfacen en su totalidad lasnecesidades que cada Unidad Especializada de Fiscalía General del Estadopresentan, existen otras provincias que no cuentan con el personalespecializado suficiente, teniendo que recurrir a las provincias máscercanas, y más allá de que no se cuente con el personal especializadode investigación en cualquier provincia, se recurre a las que si lotengan, por lo general se lo encuentran en la capital de la República, yde no encontrase ni en la capital, se procede hacer uso de los conveniosInterinstitucional, en los cuales se puede encontrar personal expertopara el área que se requiera; por último de no contar el personal enninguna institución pública, se procede al personal privado deinvestigación, a los cuales se debe cubrir sus honorarios, ya sea através del Consejo de la Judicatura o por último por la persona ovictima requirente, siendo aquí cuando se presenta el problema tema deestudio, en los cuales por lo general la víctima no cuenta con dichosrecursos por su condición económica, desistiendo o abandonando lainvestigación.
Los recursos económicos del Estado. -Históricamente se obtienen a través de los impuestos, los cuales antesde la independencia eran conocidos como los diezmos, mismos que eranenviados para los monarcas españoles; posterior a la independencia secontinuaba cobrando estos impuestos, la ventaja, ya no salían de lanación, estos se quedaban para el inicio de la época republicana, parael nuevo país. Con el transcurso del tiempo, no solo de los impuestos segeneraba ingresos para el Estado, sino también por la venta delpetróleo, de las exportaciones y otros servicios que se brindan a nivelnacional, que tienen fines de lucro para un beneficio común hasta laactualidad, ya que de dichos ingresos como es de conocimiento general sereparten para todas las instituciones públicas a través del Ministeriode Finanzas, es de aquí que estos recursos se derivan para FiscalíaGeneral del Estado, así como para el Servicio de Medicina Legal yCiencias Forenses. Al verse limitado dichos recursos para estasinstituciones, no se cuenta con el personal especializado deinvestigación suficiente en cada dependencia, ya sea de FGE o deML&CF, encontrándonos ahí con un problema para la impartición dejusticia como se debería realizar, quedando ciertos delitos en laimpunidad. Previo a realizar este Artículo Científico, se mantuvo unaconversación con el funcionario público Ab. Juan José Cordero Asanza, elcual se encontraba a cargo del Directorio de Recursos Económicos deFiscalía Provincial del Azuay, quien nos manifestó que el presupuestoque le designan cada año, no era suficiente para cubrir todos los gastosque necesitaba la institución a nivel provincial, puesto que la cargalaboral en cada dependencia era demasiada, con mayor énfasis en laUnidad Especializada de Genero, de la ciudad de Cuenca (Westreicher,2020; Fiscalía General del Estado [FGE], 2020).
Principios procesales
Los principios procesales consagrados en la Constitución de laRepublica como en las demás leyes pertinentes, sirven de base para elcumplimiento justo y equitativo de la administración de Justicia, loscuales se describen de acuerdo con la necesidad del tema que se planteópara realizar la investigación del caso, materia de la presenteinvestigación realizada.
El debido proceso, siendo unos de los primordiales principiosconsagrados en la Constitución de la República, es de obligatoriocumplimiento para todas las personas que se encuentren laborando dentrode la Función Judicial y a los que dependen de la misma, en busca de laverdad o de los que imparten o Administran Justicia, se deberá siempreregir por lo que se encuentra establecido en el Art. 75 y 76 de la cartamagna (Asamblea Nacional Constituyente, 2008), ya que si no seencuentran al margen de lo que se encuentra establecido en el mencionadoartículo, carecerán de validez, y será nula toda actuación que se hayainobservado en el debido proceso. Como es de conocimiento para quienessomos conocedores del mundo del derecho, como conclusión podemos definircomo aquellas garantías básicas que tienen todas las personas queacceden al sistema de justicia, ya sea ante las autoridadesadministrativas o judiciales, donde se respetará y garantizara todos ycada uno de sus derechos consagrados en la Constitución y las leyespertinentes para cada caso (Asamblea Nacional Constituyente, 2008).
El principio de igualdad, considerando de gran importancia al igualque el resto de principios, se toma en cuenta en la presenteinvestigación por estar al margen de lo que se vive día a día en elsistema de justicia, generalmente existen casos que por el simple hechode ser políticos (Caso “Sobornos”), famosos (Caso “E. Ruales”), ofamiliares de políticos (Caso “Hermano Ex Min. J. Serrano”), se avanzacon rapidez la investigación en la fase pre-procesal y procesal,mientras que si fuera de una persona común, se queda en el olvido osimplemente se demora una eternidad, dejando en la impunidad,incumpliendo con el principio analizado, consagrado en el Art. 11 #2 dela Constitución de la Republica (Asamblea Nacional Constituyente, 2008),y en su Art. 5 #5 del Código Orgánico Integral Penal (Asamblea Nacional del Ecuador, 2014)
Respecto al principio de impulso procesal, que se encuentraestablecido en el Art. 5 #15 del COIP (Asamblea Nacional del Ecuador, 2014), me consta y es de sentido común entender que si no hay impulso dela víctima dentro de un caso que se encuentra en fase de investigación,por ende se entiende que el Agente Fiscal que se encuentra a cargo, nopodrá avanzar con la investigación, ni llevarle al siguiente nivel porfalta de elementos probatorios, razón por la cual, una vez que secumplen los plazos legales, se solicita el archivo de la investigación ala Autoridad competente. Ahora la pregunta es ¿Por qué la victima dejade dar seguimiento o impulsar el proceso investigativo? La respuesta essimple y sencilla, si no es porque se reconcilio con el presuntoinfractor, es por la ineficacia del sistema de justicia desde la fasepre procesal, al no contar con el personal especializado deinvestigación suficiente o por demorar mucho en la fase investigativa(Asamblea Nacional del Ecuador, 2014).
El principio de celeridad es uno de los másimportantes que se debería considerar siempre al momento de administrarjusticia por las autoridades competentes, si bien este principio estámás encaminado para los Jueces, también debería ser considerado portodos los funcionarios de las dependencias de la Función Judicial, estoa fin de que se dé una investigación rápida, ágil y eficaz y no quedenen la impunidad muchos delitos, que por falta de personal, tantoadministrativo como auxiliar, con relación al personal especializado deinvestigación. Como ejemplo describo un caso que tuve conocimientodirecto, por el propio testimonio de la víctima, quien me supomanifestar que fue objeto de un delito de violación, el cual quedo en laimpunidad por falta de celeridad por parte de los funcionarios queestuvieron a cargo de la investigación, ya que al tratar de recopilarlos elementos probatorios, fue demasiado tarde para recopilar lainformación que hubiera sido de vital importancia para evitar laimpunidad en dicho caso, puesto que dichos elementos probatorios alhaber trascurrido un mes de lo sucedido, se encontraban desvanecidos,razón por la cual ya no tenía sentido considerar dicho elementoprobatorio, el cual hubiera sido fundamental para demostrar lamaterialidad de la infracción; y así como este caso, existen muchoscasos más que llegue a tener conocimiento, por ser partícipe de unproyecto de vinculación con la sociedad, cuando me encontraba dandoseguimiento a varios casos que se encontraban en una Junta Cantonal deProtección de Derechos de niñas, niños y adolescentes de un cantón denuestra provincia del Azuay. Dicho principio lo encontramos consagradosen la Constitución de la República del Ecuador, en el Art. 75 y 169(Asamblea Nacional Constituyente, 2008), al igual que en el Art.20Código Orgánico de la Función Judicial (COFG) (Comisión Legislativa y deFiscalización del Ecuador, 2009).
El principio de gratuidad, se consideró en la investigación, porcoincidir con el tema, y ser de interés vital para complementar elartículo, por el mismo hecho de faltar personal de investigación, pornecesidad y para dar una pronta respuesta a un delito que se hayacometido, al conocer que el sistema de justicia en nuestro país esineficaz, demasiado lento, quienes cuentan con los recursos económicosufrientes contratan un personal de investigación privado, pero lamayoría de personas no cuentan con los recursos económicos, paracontratar un personal de investigación privado, derivándose de estamanera el abandono de la investigación por parte de la víctima,quedándose así por consiguiente sin elementos probatorios el AgenteFiscal que se encuentra a cargo de dicha investigación. Este principiode gratuidad si bien hace referencia a que el sistema de Justicia es ysiempre será gratuito, no siempre se cumple con lo establecido en lanorma legal, ya que a veces por necesidad y urgencia se debe contratarlos servicios de un perito o personal de investigación privado, para darcontinuidad a la investigación que se encuentra en curso; este principiose encuentra consagrado en el Art. 75 de la Constitución de la Republicadel Ecuador (Asamblea Nacional Constituyente, 2008), y en el Art.12Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) (Comisión Legislativa y deFiscalización del Ecuador, 2009).
El principio de tutela judicial efectiva hace referencia a que todaslas personas tenemos derechos a ingresar a un sistema de justiciaequitativo e imparcial, mediante el cual se busca demostrar la verdad delos hechos, alegando de forma escrita y oral en la respectiva audiencia,este principio le corresponde hacer prevaler a los JuecesConstitucionales de la República, quienes están consagrados de potestadjurídica, se encuentran en un territorio determinado, quienes soncompetentes desde el ámbito en el que se encuentren para impartirjusticia de manera imparcial y equitativa; mientras que en el ámbito delderecho penal, en el ejercicio de la acción penal publica, el AgenteFiscal será quien ponga en conocimiento de dicho Juez, el o los delitosque se hayan cometido, con la finalidad de hacer prevalecer los derechosde las víctimas que hayan sido vulnerados. Este principio constitucionaly legal lo tenemos consagrado en el Art. 75 de la Constitución de laRepública del Ecuador (Asamblea Nacional Constituyente, 2008), al igualque en el Art. 23 del COFJ ((Comisión Legislativa y deFiscalización del Ecuador, 2009).
Violencia de Género y los delitos de naturalezasexual
Según la definición que nos da un portal web español con relación ala violencia de género, así como los delitos sexuales existentes,menciona lo que ya conocemos y lo que se encuentra tipificado ysancionado en nuestra normal legal penal (COIP), como es el hecho que laviolencia de genero se da en contra de una mujer por el mismo hecho deserlo, también menciona que esta situación se crea o se hereda a travésdel entorno social en el que se cría el individuo o agresor,generalmente se termina produciendo dentro de los hogares, en ocasionesestas situaciones son hereditarias o se va adquiriendo dentro de unafamilia disfuncional, no nace con la persona, sino más bien se vahaciendo, creciendo, trasformando con el pasar del tiempo, cuyasconductas algunos hijos copian de sus padres, creyendo que eso es normalen una sociedad, aplicando la ley del más fuerte, en contra de un serque es más vulnerable, débil ante la fuerza de un hombre.
Los tipos de violencia que define este portal web son, violenciafísica, psicológica, sexual y económica. La violencia física como bienes de saber, es el uso de la fuerza en contra de la mujer, con el fin deimponer una jerarquía de superioridad, produciendo de esta maneralesiones a causa de los golpes o dejando rastros por el maltrato físico;la violencia psicológica hace referencia que no es necesario el uso dela fuerza, sino con el simple hecho de intimidar a la mujer, a través deinsultos o amenazas, causan inestabilidad emocional y la vez causanpánico a la víctima, quizá un poco compleja de detectar, ya que lavíctima vive con el temor de denunciar por miedo a represalias por partedel agresor; la violencia sexual se deriva de algunas maneras, una deellas es la de mantener relaciones sexuales por medio de la fuerza obajo amenazas en contra de la voluntad de la víctima, sin importar si esla pareja o una persona allega, ya se las hijas o hijastras, o cualquiermujer que se encuentre conviviendo en un núcleo familiar; otro de losdelitos que se cometen son los de acoso sexual, en la cual consiste enpedir favores sexuales a cambio de algo, ya sea para el agresor o paraterceros; también hay el delito de tráfico de niñas y mujeres, cuyafinalidad es para la explotación sexual a través de la prostitución uotro tipo de delitos que se cometen, como es la pornografía infantil;por último tenemos la violencia económica, la cual consiste en que elagresor o conviviente no cumple con facilitar los recursos económicospara su pareja, discriminándole de esta manera, manifestando que no sabeadministrar el dinero, que no sirve para nada, que no gasta en lo que sedebe, dejando de esta manera sin recursos para que pueda adquirirprendas de vestir, para ella o para sus hijos, así como tambiénlimitándole el derecho a la alimentación.
Por último este portal nos da una definición específica de lo que esla violencia, manifestando que esta se da a través del usointencional de la fuerza en contra de una o varias personas; laviolencia de género, se da en contra de una mujer por elmismo hecho de serlo; la violencia intrafamiliar, se da encontra de los miembros del grupo familiar, generalmente al ser másvulnerable, en contra de los niños, niñas o de la mujer; finalmentetenemos la violencia doméstica, la cual se da en contra decualquier persona que conviva dentro del hogar, sin importar si seaparte de la familia o no (Xunta de Galicia, 2017).
Los delitos de violencia de género se encuentran tipificados ysancionados en el Código Orgánico Integral Penal, clasificados porviolencia física, tipificado en el Art. 156; violencia psicológica en elArt. 157; violencia sexual en el Art. 158, la misma que se subdivide endelitos de violación (Art. 171), acoso sexual (Art. 166), estupro (Art.167), abuso sexual (Art. 170), entre otros delitos sexuales que seencuentran plenamente establecidos en el cuerpo legal antes citado(Asamblea Nacional del Ecuador, 2014).
El procedimiento de investigación previa
Consiste en la recopilación de información para posterior a ellollevar la investigación a una etapa procesal, más conocida como procesojudicial, en términos formales posterior a la Audiencia de Formulaciónde Cargos, con el inicio de la instrucción fiscal; esta etapa preprocesal se encuentra tipificado en el COIP, Art. 580 (Asamblea Nacional del Ecuador, 2014), cuya finalidad es recopilar los elementos deconvicción de cargo y descargo para emprender un proceso judicial encontra de un presunto infractor o presentar una abstención acusatoriaante el Juez, todo esto por no encontrarse con más elementos suficientespara acusar. Esta etapa de Investigación Previa tiene una duración dedos años en los delitos que tengan una pena privativa de libertad quesea superior a los cinco años, mientras que durará un año en los delitoscuya pena no supere los cinco años de privación de la libertad (Asamblea Nacional del Ecuador, 2014).
En esta etapa generalmente se estancan o se caen los expedientesfiscales, por no reunir los elementos de convicción suficientes parallevar a una siguiente etapa, esto sucede por falta del personalespecializado de investigación, para que puedan realizar un informepericial de los hechos suscitados, que a veces por el exceso de cargalaboral no se alcanza el poco personal especializado y administrativopara poder notificar o solicitar la realización de una experticia, o sibien se solicita el peritaje, muchas de la veces el proceso formalretrasa el cumplimiento de la labor que pudiera brindar el personalespecializado, siendo que hasta la fecha de realización de la experticiase desvanece o desaparecen los elementos probatorios que pudieran ayudaral caso, quedando de esta manera en la impunidad los delitos que secometieron.
Metodología
En el presente artículo de investigación se utilizó un métododidáctico, así como un método estadístico, para conocer lo que seplanteó dentro del objetivo general y los objetivos específicos en elanteproyecto.
Resultados
De conformidad con lo investigado durante este tiempo, los resultadosobtenidos de la información recopilada han sido los siguientes:
Método Didáctico
En el método didáctico lo que se obtuvo es información general conrelación al caso, materia del presente artículo, esto es como blogs, quedan a conocer el origen de los investigadores que a través del tiempo seconvierten en especialistas para cada área, así como también la creaciónde los centros forenses, únicos para resolver casos que la materiarequiere, cuya evolución no se ha extendido a todo el territorionacional por falta de recursos económicos por parte del Estadoecuatoriano, puesto que para investigar un caso de mayor envergadura setiene que movilizar a las ciudades capitales de provincias o a lasciudades más grandes del país, quienes cuentan con la mayor parte deimplementos para realizar una labor de investigación completa, sinembargo esto requiere de tiempo, presentándose dificultades en muchoscasos, por la carga laboral que tiene cada agente fiscal en los casos deviolencia de genero. También se citó las normas legales, con las que sedebe cumplir el procedimiento y desarrollo de una investigación, tantopara el Agente Fiscal, como para el personal especializado deinvestigación.
Método Estadístico
Los resultados obtenidos de las encuestas realizadas no demuestrancon certeza la totalidad de los casos resueltos y archivados en sumayoría, primeramente por tratarse de casos que la ley no permite suacceso de manera pública a particulares, pese a ser un tema de estudio,análisis e investigación, no se obtuvo el acceso directo a losexpedientes, sin embargo se pudo conocer de cerca la realidad que padecela Unidad Especializada de Genero, esto a través de la Unidad Uno, Dos yTres de la entidad antes señalada; así como también se reflejaclaramente el encadenamiento que va de la mano por la falta de recursoseconómicos que históricamente el Estado ecuatoriano no ha podido proveerpara cubrir todas las necesidades del país.
De acuerdo con lo que se planteó en el anteproyecto de investigación,fue hacer un análisis y recopilación de información de una cantidaddeterminada de delitos ingresados en la Unidad Especializada deViolencia de Genero de Fiscalía General del Estado, con sede en laciudad de Cuenca, datos que se obtuvieron del año 2019 y 2020, a travésde la Coordinación de Fiscalía Provincial del Azuay.
Los resultados obtenidos de la investigación reflejan una negatividaden vista de que no son resueltos ni una cuarta parte de lo que ingresa ala Unidad de Violencia de Genero del cantón Cuenca, ya que por la cargaprocesal no se puede avanzar con la mayoría de casos, quedando en laimpunidad. Como referencia citaremos los casos que se presentaron en elaño 2019 “2.158” y en el 2020 “1.889”, siendo la mayoría de casos losdelitos de Violencia Psicológica Contra La Mujer o Miembros del NúcleoFamiliar.
Resultados de las encuestas: los resultados de las encuestasrealizados a los Abogados en el libre ejercicio en la ciudad de Cuenca,a través de la plataforma virtual GOOGLE FORMS
Al realizar la encuesta en la plataforma antes indicada, seformularon nueve preguntas, desde la más general hasta la más específicacon relación al tema de estudio. Los resultados de las encuestas nosreflejan que más del 50% de colegas no han obtenido resultados efectivosde las denuncias presentadas en la Unidad de Genero
A la primera pregunta de manera general, se consulta si durante losúltimos cinco años han presentado denuncias en la Unidad de Genero, a loque un 90% manifiestan que sí.
Figura 2
En la segunda pregunta se consulta la calidad del servicio durante eltiempo que duro la investigación, destacando las dos últimas respuestasde regular y malo, dándonos a entender que un 50% de colegas no estánsatisfechos con la labor de la Unidad de Genero.
Figura 3
Respecto a la tercera pregunta, se cuestiona sobre el tiempo que durola investigación, dándonos como resultado que a más del 60% le duro unoy dos años.
Figura 4
Con relación a la cuarta pregunta, se consulta respecto a losresultados obtenidos durante la etapa de investigación dándonos comoresultado más alto el 40%, en cual se evidencia que se envía al archivopor falta de elementos probatorios, un 20% responde que avanza a laetapa judicial, mientras que un 10% se dicta sobreseimiento, sumandoestos tres resultados nos da un 70% de colegas que no siempre consiguenlo que buscan, es decir que se dicte una sentencia en contra delprocesado, ya que el hecho de avanzar a una etapa judicial, no garantizaque el proceso vaya a tener éxito o favorezca a la víctima.
Figura 5
A la quinta pregunta consultada los colegas abogados califican eldesempeño de la labor recibida por parte de los funcionarios de laUnidad de Genero, cuya calificación formulada va del 1 al 5,significando de la primera como pésima, a la 5ta como excelente, nosuperando el segundo rango, misma que significa mala obteniendo el 40%,mientras que el 60% califica de pésima.
Figura 6
En la sexta pregunta formulada y considerando unas de las másimportantes, se cuestiona sobre la base principal del tema investigado,es decir las principales causas o problemas por las que las Unidades deGenero no avanzan de manera eficaz y oportuna en el trámite de lasinvestigaciones, arrojando como resultado en su mayoría en un 70% quepor la falta del personal especializado.
Figura 7
A la séptima pregunta se consulta sobre la necesidad de contratar unperito particular o privado, a fin de agilizar la investigación o deevitar que se desaparezcan las evidencia o indicios, dando comoresultado dividido entre un 50% que contrata, y otros que no lo hacenporque es costoso un perito particular.
Figura 8
En la penúltima pregunta se interroga sobre él porque cree que lehace falta personal especializado a las Unidad de Genero, contestando un60% que por no encontrarse inscritos como peritos en el Consejo de laJudicatura; y, el 40% restante se divide en dos criterios, la una porfalta de presupuesto por parte del estado y por qué se percibe mejoresingresos trabajando de manera independiente.
Figura 9
A la última pregunta se interroga sobre el tipo de peritos que lehace falta a la Unidad de Genero, dándonos respuestas divididas,considerando un 40% de los encuestados que le hace falta peritos en elÁrea de Audio y Video, un 20% nos dice que faltan peritos enHistopatología (examen microscópico del tejido para estudiar lasmanifestaciones de la enfermedad ), mientras que el otro 30% indica quetambién hacen falta peritos en el área de Psicología con perspectiva degénero, peritos en el área de Inspección Técnica ocular y peritos en elárea de Bioquímica.
Discusión
Sobre el rol que cumple el personal que labora en la UnidadEspecializada de Violencia de Género de la ciudad de Cuenca desde larecepción de una denuncia
A fin de conocer a profundidad el rol que desempeñan los AgentesFiscales en cada Unidad Especializada de Violencia de Género, y lasdificultades con las que se enfrentan día a día se realizó unaentrevista de manera a individual a tres de ellos, indicando losentrevistados que la principal limitación es la alta cantidad deexpedientes lo que se traduce en una mayor carga laboral, la cual muchasveces no puede ser resuelta. Esta realidad se asemeja al estudio deIntriago et al. (2022) quienes dieron a conocer que desde la recepciónde la denuncia en la Unidad de Género, suele darse una acumulación deprocesos que se traduce en una sobrecarga laboral, esta realidad estálejos de convertirse en un proceso rápido y ágil en muchos casos sequedan en el abandono.
“Existe una agobiante cantidad de expedientes que están desdeel año 2011, que están a mi cargo, que son alrededor de cuatro milexpedientes, entonces es una carga laboral abrumante y eso hace quecuando vienen los nuevos casos se van quedando, porque, como existetanta necesidad de pericias psicológicas, por violencia psicológica, laspericias psicológicas se señalan, por ejemplo este momento (26/10/2023)ya están para febrero 2024” G Dra. Diana Novillo(FISCAL U.E.V.G. / FGE).
Sin embargo, Sacoto & Cordero (2021) mencionan que laadministración de justicia en Ecuador ha propuesto la necesidad deintroducir nuevos mecanismos para llevar a cabo las actuacionesjudiciales apoyadas en el uso de las Tics, ante lo cual, el Consejo dela Judicatura en el año 2020 implementó herramientas digitales quefacilitan el trabajo de abogados, jueces, fiscales, institucionespúblicas y privadas, e inclusive al público en general, realizartrámites judiciales en línea y acceder a información; esto para promoverprincipios de celeridad y eficiencia en la tramitación de las causasjudiciales en la llamada E-SATJE 2020.
Esta digitalización en el sistema de justicia planteó ser un aportepara disminuir las tareas repetitivas que deben ser asumidas por losjueces y otros especialistas del derecho, por tanto, les será factibleacciones como: el estudio de casos, la toma de decisiones y solucionarcualquier tipo de controversias, en pocas palabras las Tics plantean serun aporte en la garantía de los derechos y principios procesales.
Por el contrario, el siguiente entrevistado menciona que paraprocesar un delito de violencia sexual requiere de un seguimientosigiloso, por lo cual requiere de un especial abordaje y tratamiento, alo largo del mismo se evita en todo momento revictimizar a la personaagredida.
“Desde la recepción de una denuncia, no olvidemos que pormandato constitucional, a su vez en tema de las víctimas o temas dedelitos sexuales, es un tema muy sensible, por lo tanto tiene que haberprocedimientos especiales de abordamiento y tratamiento, especialmente alas víctimas de este tipo de delitos, por lo que el personal de Fiscalíaestá capacitado precisamente para poder atender a todos los usuarios quecomparecen a las oficinas y cumpliendo los protocolos respectivos, puessiempre mirando hacia evitar al 100% una revictimización”. Dr. AlbertoMachuca (FISCAL U.E.V.G. / FGE)
De acuerdo con lo que indica el entrevistado se evidencia que elproceso ante una denuncia de agresión sexual generalmente toma mástiempo, principalmente por la complejidad del caso y para darcumplimiento los protocolos pero sobre todo brindar una asistenciaintegral a la víctima que incluye el acompañamiento psicológicocontinuo.
¿Cuáles son las razones por las que un caso de violencia degénero se queda sin sentencia?
Entre las principales razones para que los casos de violencia degénero se queden sin sentencia es el hecho de que el victimario formeparte del círculo familiar, lo que hace que las víctimas decidan callarpor vergüenza o simplemente porque tienen una dependencia ya seaeconómica, emocional o amorosa hacia el agresor.
“Las víctimas pertenecen a un grupo vulnerable, son niñas, elagresor es parte del hogar, entonces hay el famoso circulo de laviolencia, la madre no tutela los derechos de las víctimas y como elagresor padre, padrastro, padrino, hermano, tío, dentro del círculofamiliar es el que sustenta, tienen una dependencia económica, afectiva,emocional, hacen que las personas no quieran denunciar, se callen,entonces hay otros conflictos de tipo familiar, “no quiero que lafamilia se rompa, pobrecito”, y ya no tutelan los derechos de lasvíctimas y nosotros tenemos que desgastarnos trayendo con DINAPEN, enestos casos toca mover un aparato más duro todavía, y la presión quegeneran las estadísticas y resultados, hacen que uno trate de bajarle,bajarle y bajarle la carga, pero no se puede, la carga es mucho, más delo que humanamente se puede hacer”. Dra. Diana Novillo (FISCAL U.E.V.G./ FGE)
El siguiente entrevistado menciona que el hecho de que en el caso deviolencia sexual se quede sin sentencia se debe principalmente a lacomplejidad de este principalmente por el hecho de no poder cumplirtodas las etapas probatorias.
“Las razones por las que puede quedarse un caso de Violenciade Genero sin sentencia, puede ser el hecho de la ausencia de la personaprocesada, si es que el caso se encuentra en la Etapa de Juicio, todossabemos de qué la Constitución establece taxativamente los casos en losque una persona puede ser juzgada en ausencia, no es el caso en delitossexuales y por lo tanto se necesita siempre la presencia de la personaprocesada, esa puede ser una de las causas; por otro lado también puedeexistir talvez en un momento dado la ausencia de la víctima”. Dr.Alberto Machuca (FISCAL U.E.V.G. / FGE)
Del mismo modo, Astudillo et al. (2022) mencionan que en los casos deviolencia de género se requiere que la víctima reconozca la denuncia ycuente con un defensor cuando esto no ha sido posible, no se prosiguecon la audiencia por tanto, el presunto agresor queda en libertad,entorpeciendo así el proceso, pues en Ecuador se conoce menos del 50% decasos de violencia se judicializan y tienen una sentencia, esto a pesarque el Estado ha hecho esfuerzos por alcanzar la celeridad procesal enaspectos como reajustes de leyes y normas, sin embargo se requiere delapoyo de la víctima para ejecutar la sentencia.
La siguiente entrevistada menciona que los delitos de génerorequieren de un tratamiento especial principalmente por parte de losoperadores de justicia es imprescindible la empatía y asertividad,además de no ir hacia la revictimización.
“Cuando hablamos de delitos de género, tenemos que ser muyasertivos y tener empatía con las victimas que acuden acá, se recepta ladenuncia, se procede a reconocer la denuncia, posterior dentro de lasala de sorteos se remite a una Unidad Especializada, en Cuenca somoscinco Fiscalías de Genero, nos pasan a cualquiera de la que haya salidosorteada, el Fiscal que esté a cargo da a inicio a la InvestigaciónPrevia y dispone las diligencias que sean pertinentes según sea el caso,por ejemplo si estamos frente a una violación, es indispensable realizaruna valoración psicológica, una pericia de entorno social con lafinalidad de establecer, factores de riego, vulnerabilidad a las quepueda estar inmersa la víctima”. Dra. María José Flores (FISCAL U.E.V.G./ FGE)
De acuerdo a esta postura, se evidencia que al receptar una denunciasobre violencia de género es importante que las víctimas sean parte deun proceso de investigación previa, y un acompañamiento psicológicocontinuo, como lo indica Ernst (2020) en estos últimos años, el estadoecuatoriano desde la aprobación de la Ley para Prevenir y Erradicar laViolencia contra las Mujeres, ha sido la base para la promoción depolíticas públicas en gobiernos locales, de la misma manera se ampliaronlas instancias de administración de justicias como la aplicación de laLey y la ampliación de las instancias de administración de justiciasiguen siendo parte de las demandas de las mujeres de todo el país, puesson las Unidades Judiciales de Violencia contra la Mujer y la Familiaque buscan la defensa y el ejercicio de la mujer y la familia a una vidalibre de violencia.
¿De acuerdo con su criterio cree que los procesos para tratarlos casos de violencia de género cumplen con el principio deceleridad?
Según la entrevistada los casos de violencia de género con el pasarde los años han tenido un cambio en su tratamiento, gracias a lacreación de Departamentos Especializados en estos casos en específico,pues anteriormente solo se tenía como referencia al Código Penal, asímismo por parte de las víctimas existía recelo para sentar la denuncia,por el contrario, hoy la mayor parte de las agredidas deciden sentar ladenuncia.
“Yo fui Fiscal de Genero hace doce años, eran tres juecespenales, entonces no había mucha cultura de género, llevar a unpsicólogo a un testimonio anticipado siendo la víctima una personaadulta, era medio un pecado, pero entonces regreso yo ahora a género alos siete años, y ya no hay jueces penales, ahora los Jueces son deViolencia (de género), se tiende a la especialidad, ahora se ha mejoradola tutela efectiva del derecho, hay más conciencia de género, hay máspersonal, las personas se van con perito, con un psicólogo, le preguntana la víctima si quiere participar, antes con el Código Penal no había larenuncia de la víctima, ahora es más empoderada la víctima, antes lavíctima era medio convidado el tiempo, si ha ido cambiando para másvisibilización de la violencia, para más rutas de denuncia, antes lasUnidades Educativas no denunciaban tanto”. Dra. DianaNovillo (Fiscal U.E.V.G. / FGE).
Del mismo modo Arias (2017) menciona que los procesos para sancionardelitos de violencia de género se han caracterizado por el irrespeto alos tiempos para el desarrollo del proceso judicial, para lo cual , nosolo implica la responsabilidad de los funcionarios judiciales, sino dela complejidad de los casos, los actos procesales o simplemente lanecesidad de la resolución de cuestiones prejudiciales, estos factoressuelen impedir el desarrollo del proceso principalmente por accionesdilatorias que traen consigo demoras significativas.
Mientras que para el siguiente entrevistado el incumplimiento de laceleridad procesal en los delitos de violencia de género tiene que verdirectamente con la alta carga laboral a la que se enfrentan jueces yfiscales. Los autores Intriago et al. (2022) coinciden que los delitosde violencia de género deben partir por precautelar la integridad de lavíctima, así mismo debe velarse por el procedimiento que responda a laagilidad de este, de esta manera se estaría respondiendo a la celeridadprocesal, de no ser el caso se estaría transgrediendo los derechoshumanos.
Además, es necesario citar el Art. 66 #3, literal b. de laConstitución de la República del Ecuador, mismo que manifiesta: “… Elestado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar ysancionar toda forma de violencia…” (Asamblea Nacional Constituyente, 2008). Ante lo cual, la celeridad en el tratamiento de los delitos deviolencia de género es un derecho de las víctimas, por lo cual el Estadodebe implementar todos los mecanismos de garantía en cuanto a losprincipios de no repetición y no revictimización a las víctimas.
De acuerdo con el entrevistado lo que estaría limitando al principiode celeridad en los procesos para violencia de género, puede limitarsepor la carga laboral a la que se enfrentan los fiscales, siendo ésta unanecesidad que podría ser resuelta por el Estado.
“Lamentablemente pienso que en este punto si hay que tener encuenta que FGE, pese a todos los esfuerzos que hacemos nosotros comoFiscales y personal adicional, secretarios, asistentes, etc., tenemosuna sobrecarga de trabajo, es algo que ya ha sido puesto enconsideración incluso de nuestras autoridades provinciales, eso impideque, de cierta forma, humanamente nosotros como funcionarios podamostramitar tal cantidad de causas”. Dra. María José Flores (FISCALU.E.V.G. / FGE).
De acuerdo con la siguiente postura, el entrevistado menciona que elaccionar del Estado es limitado pues las políticas que favorecen laprotección a las víctimas no proponen una protección integral, y por elcontrario solo se han plasmado los postulados, por el contrario, aún nose implementa la infraestructura humana y física que permitan darcumplimiento al principio de celeridad, por tanto, el Estado debe actuarpara asegurar este derecho.
“No, lastimosamente existen políticas estatales que estánenfocadas, en mi criterio personal, simplemente al amarillismo y a ladifusión de la protección del Derecho a las víctimas, pero no centradasen una protección integral, y que tiene que ser materializado esaprotección, sino únicamente a veces quedan en letra muerta o a su vezejecutan ciertas políticas, pero sin contar con la infraestructurahumana y física necesaria para efectos de poder dar una respuestaeficiente y que se aplique el principio de celeridad en los diferentescasos que conoce Fiscalía; lastimosamente en el tema de Violencia deGenero tenemos una sobrecarga, incluso en mi criterio personal existenciertos delitos que ni siquiera tendrían que ser, ciertas infraccionesque ni siquiera deberían ser consideradas como delitos, sino comocontravenciones” Dr. Alberto Machuca (FISCAL U.E.V.G. /FGE)
De acuerdo al rol del Estado como primer responsable para elcumplimiento del principio de celeridad en los procesos por violencia degénero, es importante citar el artículo 7, literal b) de la ConvenciónDE BELEM DO PARA, quien establece que es deber del Estado actuar condiligencia con el objetivo de prevenir, investigar y sancionar todo actode violencia hacia la mujer, por tanto, el Ecuador tiene la obligaciónde llevar con celeridad los procesos de violencia contra la mujer y losmiembros de la familia en consideración a los principios básicos de laadministración de justicia y garantizar los derechos fundamentales delas mujeres, la celeridad debe reflejarse en todo el proceso penal, asímismo debe reunir todas las pruebas periciales (Organización de EstadosAmericanos, 1994).
¿De qué manera se lleva a cabo el procedimiento deinvestigación previa para los casos de violencia de género?
De acuerdo con los entrevistados, los procedimientos de investigaciónprevia están directamente relacionados a la complejidad de la agresión,sin embargo, se ha dado prioridad a los delitos de violencia sexual, quesuele requerir un seguimiento inmediato.
“Las investigaciones previas son las que procuramos al menosen los casos de violencia sexual dar prioridad, como le indico pese aque estamos colapsados en cuanto a fechas para peritajes, procuramos almenos las fechas existentes dar las más próximas, precisamente paraevitar que la víctima tenga que estar nuevamente recordando todos loshechos tal vez en una fecha muy tardía; solemos manejarnos de algunasformas, como le indique tenemos casos de violencia psicológicamuchísimos, son los que más entran y creo que los que más colapsan a laUnidad.” Dra. María José Flores (FISCAL U.E.V.G. /FGE)
Como le decía existen procedimientos especiales para latramitación de estas investigaciones, lo que se realiza en primerinstancia, dependiendo el delito es de evacuar las pericias que tienenque ver tratándose de un delito de violación por ejemplo, se requiereinmediatamente el examen de reconocimiento médico legal, que no puedeesperar para efectos incluso de recabar evidencias que van a servir enlos posterior para que sean complementadas con otras pericias que noslleven a determinar si existió la infracción, y más aún que nos permitavincular a una persona determinada en la investigación, diligencias quehablaba por ejemplo de reconocimientos médicos legales (pericias) en elcaso de violación, en el caso del abuso sexual es imprescindible laspericias psicológicas y de entorno social, en el tema de violenciapsicológica igual es determinante si se podría decir. Dr. AlbertoMachuca (FISCAL U.E.V.G. / FGE)
Respecto a los actos de violencia sexual, la entrevistada mencionaque estos delitos deben someterse a una serie de procesos que permitadeterminar su materialidad “La materialidad, si es que esviolación necesitamos un médico legal, si tenemos fluidos hacemos ADN,si tenemos reconocimiento de lugar, levantamiento de indicios,levantamientos de indicios en el examen, pericias psicológicas; y, laresponsabilidad deviene sobre todo por el testimonio anticipado, lasvictimas ahora en indagación previa se recepta el testimonio anticipado,entonces eso permite asegurar a Fiscalía que cuenta con el testimonio dela víctima, y segundo, como el proceso demora, mientras este sedesarrolla ya se cuenta con el testimonio anticipado y la víctima yaaligera carga” DRA. DIANA NOVILLO (FISCAL U.E.V.G. /FGE).
Ante estos resultados se hace necesario citar a la Ley OrgánicaIntegral para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra lasMujeres, juntamente con su Reglamento y la norma técnica pertinente, loscuales indican que los profesionales de la salud deben brindar unaatención inmediata especializada e integral para las víctimas deviolencia basándose además de los principios de calidad y calidez.
Por lo cual los servidores públicos deben cumplir con lo siguiente:a) brindar un ambiente de confianza, calidez y respeto, b) mantener unaatención sin discriminación, c) Garantizar la confidencialidad, Promoverun ambiente cálido, de confianza y respeto a su situación. b. Manteneruna atención sensible y no discriminatoria. c. Garantizar laconfidencialidad y seguridad, d) aplicar el principio de consentimientoinformado, e) en caso de ser necesario brindar el apoyo psicológico, f)brindar un acompañamiento al paciente en todo el procedimiento, g) deser el caso notificar a Fiscalía General del Estado.
De acuerdo con el párrafo anterior, la labor de los servidorespúblicos respecto al abordaje de la violencia de género consiste en ladetección y atención de los casos, luego estaría la prevención ysensibilización, de esta manera asegurar un entorno de seguridad y apoyoa las víctimas, y así contribuir a la reparación integral, peroprincipalmente dar respuesta a la Erradicación de la Violencia de Géneroque ha propuesto el gobierno ecuatoriano.
¿Cuál es la labor del Personal Especializado deInvestigación al momento de llevar un caso de violencia degénero?
De acuerdo con la entrevistada, la principal labor del personalespecializado en tema de violencia es brindar una atención oportunabasada en el respeto y la calidez. “Cada quien cumple su rol, aFiscalía le toca investigar, dirige la investigación, lo que se trata esde darle un trato cálido, afectivo a la víctima y por su parte tambiénrealizar una adecuada investigación, para que la víctima se sienta bien,para que se sienta segura, para ganarnos la confianza de la víctima; porsu parte la señoras secretarias son las que coordinan las diligencias,receptan versiones, mantienen la agenda y tienen el trato directo con lavíctima, inclusive muchas veces son ellas quienes están a lado de lavíctima, entonces es el darle acompañamiento, de darle asesoramiento yel de generar todas las pericias, las diligencias, acopiar todos loselementos materiales de la infracción y los de responsabilidad, perodesde una perspectiva de género”. Dra. Diana Novillo(FISCAL U.E.V.G. / FGE)
La siguiente fiscal entrevistada reitera el compromiso de brindarle ala víctima un acompañamiento, informándole oportunamente y pediracompañamiento psicológico.
“Hay que mantener el hecho de ponerse en el zapato del otro ytratar de mantener empatía con la víctima para poderle ayudar, porque aveces las víctimas se cierran y no quieren hablar, entonces toca estarahí conversando, dándole a conocer de qué se trata el proceso,informándole, orientándole y acompañándole, entonces si se necesita unpsicólogo, hay que pedir al personal de víctimas que nos acompañe, sinecesita contención en crisis es hablar con la psicólogas de aquí o conpersonal de víctimas, si se considera que hay riesgo hay que pedir elingreso al sistema de protección de víctimas, entonces como las medidasde protección se emiten ya a nivel judicial Fiscalía coadyuva con eltema del sistema de protección en caso de que las víctimas se sientanamenazadas, de que exista algún riesgo para la integridad o puedaexistir un riesgo de repetición” ”Dra. María José Flores (FISCAL U.E.V.G. / FGE).
“La labor del personal especializado y todos quienes estáninvolucrados en la Unidad de Violencia de Genero, tenemos que estardireccionados hacia evitar cualquier tipo de revictimización y cualquiertipo de afectación a los derechos que les asiste a las partes” Dr.Alberto Machuca (FISCAL U.E.V.G. / FGE).
Los entrevistados concuerdan que el adecuado acompañamiento de losfiscales radica en el apoyo hacia las víctimas, que permita establecerrelaciones de confianza, y darle un tratamiento con enfoque de géneroevitando así la revictimización.
Por su parte Cajamarca et al. (2023) reitera en la importancia quetanto las juezas y jueces tomen en consideración ciertos elementos almomento de utilizarla, que son:
- Identificar situaciones de poder y desigualdad de género.
- Cuestionar pruebas, valoraciones que respondan a cualquier estereotipo de género, para desvirtuar cualquier situación de desventaja.
- Ordenar las pruebas necesarias que permitan visualizar cualquier situación de discriminación, violencia o vulnerabilidad por cuestiones de género.
- Cuestionar cualquier hecho neutral aplicado respecto al género y a partir de ahí proporcionar una solución basada en la igualdad.
- Responder en apego a los derechos humanos y todos aquellos postulados internacionales respecto a los grupos de atención prioritaria.
- Evitar el uso del lenguaje discriminatorio respecto al género.
- Juzgar basado en la perspectiva de género y proporcionar diversos mecanismos de reparación.
¿Qué mecanismos o procedimientos deben mejorar en la Unidadde Género para cumplir con el debido proceso y celeridad en los casos deviolencia de género?
Como se indicó en los párrafos anteriores, el principal problema alque se enfrentan los jueces y fiscales en materia de violencia de géneroes la excesiva carga laboral, lo que ocasiona el problema en lacontinuidad de los procesos.
“Asignar más personal, porque tenemos demasiados casos, eneste momento Fiscalía cuenta solo con dos médicos, entonces si ustednecesita hacerse una valoración médica legal, el médico ahora ya cuentacon agenda, si yo quiero que le tomen una muestra a una víctima, me danpara ocho, diez o quince días y eso el médico; el psicólogo con periciaspara febrero, el trabajador social anda cargado cincuenta expedientes,entonces nos falta personal, medios y recursos. Criminalística porejemplo no se traslada a Fiscalía, sucede a la inversa, el día que sehace una diligencia, nosotros perdemos dos horas o bueno nos toma doshoras desarrollar la diligencia, entonces todas esas cosas van sumando,en el despacho de las causas, entonces si pusieran otraFiscalía” Dra. Diana Novillo (FISCAL U.E.V.G. /FGE).
Como se citó anteriormente, la mayor parte de casos de violenciareceptados, pertenecen a violencia psicológica, sin embargo en muchasocasiones este no es un delito, esto sin duda incrementa la cargalaboral a los operadores de justicia.
“Yo creo que la única solución que tendríamos es de poderanalizar si todas las infracciones que conoce esta unidad efectivamenteameritan que sean consideradas como delitos, el tema por ejemplo deviolencia psicológica es lo que más abarrota y lo que más se amontonaaquí en las Unidades de Violencia de Genero, entonces este aspecto sitiene que ser tratado para efectos de considerar si efectivamentedebiera ser considerado como un delito o como una contravención”. Dr.Alberto Machuca (FISCAL U.E.V.G. / FGE)
“Yo creo que la principal falla que estamos teniendo comoUnidad de Genero, es precisamente esta falta de recursos que si bien enlas normas, en nuestra normativa, en nuestra Constitución nos indica quelas víctimas de violencia de género, que las víctimas de violenciaintrafamiliar, de delitos sexuales, son las que deben tener prioridad, yusted se dará cuenta existe mucha normativa al respecto, la Ley paraprevenir y erradicar la violencia, nuestra misma Constitución, nuestroCOIP, convenios internacionales, como el Convenio Belem Do Para, que nosexigen a nosotros actuar con debida diligencia, actuar con celeridad,pero esto debe ir acorde a los recursos que el Estado nos puedaotorgar”.
¿Cuál ha sido el rol del Estado para con la FGE para mejorarla atención a las víctimas de violencia de género?
De acuerdo con la entrevistada, el Estado únicamente ha facilitadolos procesos de capacitación en temas de abordaje en violencia degénero, por el contrario, en cuanto a la participación para eldotamiento de recursos e infraestructura el apoyo es limitado.
“La capacitación, eso es lo único; ya que estamos en unacrisis, yo he vivido en esta Fiscalía tantos años, me acuerdo cuandoentre traíamos cada uno el equipo, ahora ya nos dieron el equipo, peroestos equipos ya están obsoletos, entonces el rato que se quemen me tocavolver a traer mi equipo; los suministros y una serie de cosas a vecesquedamos debiendo, toca poner del bolsillo, entonces a veces nosotrosservimos con bienes y personas, entonces hay la capacitación, cómo debede ser, qué hay que hacer, las normas que usted tiene, qué se puedeactivar, pero en cambio la gente no tiene los recursos, estamos no se sien un país quebrado, si en una falta de optimización de recursos “DRA.DIANA NOVILLO (FISCAL U.E.V.G. / FGE).
De acuerdo con la investigación de Mendieta (2022) ante el incrementosignificativo de los casos de violencia de género en Ecuador esimportante que su tratamiento vaya a la par de una asignación delpresupuesto, de acuerdo con lo que indica la Ley 175/2018 y en suReglamento, para lo cual también fue creado el Clasificador Orientadorde Gastos, del mismo modo se resalta que desde 2008 se utilizan lospresupuestos participativos para cada GAD el cual debe ser distribuidopara cada necesidad.
“El Estado a través de sus políticas estatales siempre hadireccionada a través de todas las instituciones una protección especiala los temas de violencia de género, vea usted que dentro de la FiscalíaGeneral del Estado, incluso en el organigrama a nivel nacional existeuna dirección que es encargada de estos temas y que realizan un controlpermanente, para efectos de que las investigaciones fluyan y sedesarrollen de acuerdo a la ley, por otro lado igual tenemos todas lasinstituciones, Municipio, tenemos un Departamento de Género, tenemos através de la Junta Cantonal de Protección de Derechos tenemos unObservatorio y un Consejo de Seguridad Ciudadana que se preocupa deestos asuntos de violencia de género, pero que sin embargo yo creo quesi falta un compromiso de todas las instituciones, no para generarburocracia en estos temas”. DR. ALBERTO MACHUCA (FISCAL U.E.V.G. /FGE).
Como le explico realmente en los últimos tiempos al menos nose nos ha otorgado por parte del Estado los recursos, ni se ha cubiertolas necesidades que se ha pedido por parte de Fiscalía, esperamos quetal vez en un futuro con todas las peticiones que se ha realizado, senos llegue a otorgar personal, recursos y demás para que nosotrospodamos responder a la sociedad como deberíamos responder. Dra. MaríaJosé Flores (FISCAL U.E.V.G. / FGE)
De acuerdo con información proporcionada por Torres (2020)actualmente existe el apoyo procesal por parte de los fiscales en loscasos de violencia de género, cuya tarea principal es velar por elcumplimiento del debido proceso, exhortar para implementar peritajes amujeres, niñas, niños y adolescentes de acuerdo a lo que indican losorganismos internacionales, los derechos humanos desde un enfoque degénero, así como también el dictamen de medidas de protección elresguardo y confidencialidad según el caso lo amerite.
¿Considera que los recursos económicos destinados a FiscalíaProvincial del Azuay son suficientes para cubrir las necesidades de cadaUnidad de Género en el año 2023?
De acuerdo con lo que indican los entrevistados los recursoseconómicos que ha proporcionado el Estado son limitados, esto sin dudaes un limitante para asegurar un proceso eficaz y que responda alprincipio de celeridad.
No; nosotros por ejemplo no tenemos una entrega mensual dematerial, es bimensual, Fiscalía ha asumido la impresión de variascosas, desde que superamos el tema del COVID, mucha gente seacostumbrado a enviar estos oficios y estos escritos por correo,entonces toca descargar, imprimir, sacar, los peritos mandan por correo,toca hacer lo mismo, entonces Fiscalía se ha cargado una serie de cosasde los peritos que nosotros les damos haciendo, y de ahí trasladarse acriminalista es por nuestros medios, no es que nos den un carro, nos denviáticos, nosotros señalamos día y hora y tenemos que ir por nuestrosmedios, si es que hay una emergencia o si es que usted tiene el turnovamos, hay mucha visión y hay mucho compromiso personal de todas laspersonas que creo yo que están aquí incluidas en el sistema y en estesistema de genero para que respondan, porque quedan a deber, esinsuficiente los espacios, no hay espacios para los archivos, siqueremos poner en el archivo central, nos toca pagar de los anaqueles,por eso digo, aquí la gente sirve con bienes y persona, ojala algún díase acuerden de subirnos el presupuesto para las necesidadesinstitucionales. Dra. Diana Novillo (FISCAL U.E.V.G. /FGE)
“Evidentemente no, porque como es público y notorio el Estadose encuentra en una situación de austeridad y por lo tanto a su vezexiste una restricción de asignaciones económicas que de cierta manerasi limitan el desarrollo de las actividades” Dr.Alberto Machuca (FISCAL U.E.V.G. / FGE).
“No, bueno en realidad el presupuesto en si yo como Fiscaldesconozco, esto debe tener el área financiera, sin embargo yo puedohablar de lo que veo, se han solicitado muchas más plazas, muchos másrecursos, desde cosas tan pequeñas tal vez como una impresora, que aquíson compartidas, pero que a veces digamos son recursos que nos permitenque el trabajo pueda fluir, pero nos falta, se han pedido más partidaspara peritos, se contrató recién una nueva psicóloga, con ellas soncuatro, sin embargo siguen resultando insuficientes” Dra. MaríaJosé Flores (FISCAL U.E.V.G. / FGE)
De acuerdo a la información presentada por los entrevistados losprocesos de peritaje requieren asumir procesos que les implican un gastoeconómico que son sustentados por los fiscales, lo que evidencia que laparticipación presupuestaria por parte del Estado es bastante limitada,de acuerdo al estudio llevado a cabo por Almeida (2021) menciona que elpresupuesto público para combatir la violencia de género es un eje clavey tiene un impacto significativo en el uso efectivo para reducir laviolencia de género y sobre todo permite un mejor actuar por parte delos organismos de justicia.
¿Cree que el presupuesto que el Estado asigna ala Unidad de Género influye en el manejo de los casos de violencia degénero?
De acuerdo con la percepción de la primera entrevistada sin duda elpresupuesto que proporciona el estado para tratar los delitos de génerono responde a un proceso rápido y eficaz por la alta demanda dedenuncias recibidas diariamente, en muchas de las ocasiones sondenuncias que carecen de sustento principalmente aquellas relacionadascon violencia psicológica sin duda esto se ha transformado en una trabaprocesal.
“Se ha procurado optimizar recursos de una u otra manera, haygente como le contaba que vienen ponen la denuncia de violenciapsicológica, a veces son motivaciones patrimoniales y solamente “lequiero mantener lejos a cierta persona, lejos de mi casa, lejos delterreno, lejos de alguien”, y ponen esta denuncia pidiendo una boleta ynosotros nos quedamos colgados, porque no tenemos víctima que vengahacerse un examen psicológico, trabajo social, reconocimiento del lugar,no vienen las víctimas de violencia psicológicas, entonces eso nos hacecolapsar, entonces comenzamos a pedirles que vengan y que coordinen, sehace así porque si no vamos a colapsar con las fechas;.DRA. DIANA NOVILLO (FISCAL U.E.V.G. / FGE).
“Yo creería que no podríamos nunca referirnos a unpresupuesto del Estado orientado a las Unidades Especializadas deDelitos, sino que si el Estado debiera preocuparse por dotar delpresupuesto suficiente a la FGE, para que pueda en ese campo realizarlas asignaciones que corresponden” Dr. Alberto Machuca(FISCAL U.E.V.G. / FGE).
Ante la postura de los entrevistados que enfatizan las limitacionesen cuanto a recursos que enfrenta la Fiscalía, es importante citar a loque indica el Consejo de Derechos Humanos, que exhortó a los Estados ala aplicación de medidas para garantizar el acceso de a la justiciamediante la dotación de recursos oportunos y eficaces para elcumplimiento de leyes que cumplan las medidas de prevención yeliminación de todas las formas de violencia hacia las mujeres yniñas.
Del mismo modo se reitera el compromiso estatal para la atenciónintegral que va desde la atención médica y psicológica durante y despuésdel proceso, de igual forma la asistencia y acompañamiento jurídicogratuito.
Otro de los criterios según la siguiente entrevistada es que Cuencaal ser ya una de las ciudades más grandes del Ecuador debe contar conlos departamentos para el análisis de muestras de ADN, por el contrario,estas suelen ser enviadas a otras ciudades para su análisis esto sinduda entorpece y pone trabas para el seguimiento de un caso de violenciasexual.
“Siendo Cuenca una ciudad de las más grandes del Ecuador, nocontamos en el Centro Forense para practicar las pericias de ADN,nosotros lo que hacemos es remitir a ciudades como Quito o Guayaquil, yque al final del día nos representa para hacer un ADN, aproximadamente aun mes, entonces nosotros mandamos las muestras para un examen de ADN ynos está regresando al mes, todo este tipo de cosas no permite que losprocesos salgan de forma rápida, sino nos van poniendo trabas. Valerecalcar respecto a lo último que he mencionado, que a parte de losperitos médicos legistas, psicólogos y de trabajo social que ya existenen Fiscalía Provincial del Azuay, se debería integrar peritos de ADN, amás de ello aquí en Cuenca no se cuenta con una bodega paraalmacenamiento de indicios biológicos, por ejemplo hisopados, cualquierade este tema, únicamente llegan al centro forense para ser peritados yse devuelven muchas de las veces a las bodegas de la PolicíaJudicial” Dra. María José Flores (FISCAL U.E.V.G. /FGE)
Conclusiones
- Las conclusiones a las que se pudo arribar después de la investigación realizada me permitieron conocer la realidad de las falencias que cuenta la Unidad Especializada de Genero de la ciudad de Cuenca, mismas que no dependen en si de la voluntad de quienes están laborando dentro de la institución, ni de sus máximos representantes, ya que este es un problema que se viene acarreando desde muchos años atrás, cuyo único responsable es el Gobierno Central, quien no otorga los recursos económicos suficientes para que se pueda contar con amplias instalaciones estructurales y con el personal especializado suficiente para cada dependencia de Fiscalía General del Estado.
- Este trabajo investigativo da a conocer que los procesos que se siguen para tratar los casos de Violencia de Género en la ciudad de Cuenca responden a una serie de trabas y limitaciones, según el criterio de los entrevistados que viven el día a día, tiene que ver con la elevada carga laboral con la que se enfrentan jueces y fiscales, pues a pesar de haber implementado mecanismos basadas en Tics, al momento no ha sido posible procesar todos los casos y por el contrario no se ha enfocado en los delitos de índoles sexual.
- Así mismo se halló que los procesos de Violencia Psicológica muchas veces no cuentan con un sustento legal pues las presuntas víctimas sientan la denuncia sin tener un hecho de violencia, que, a la vez, este presunto delito es el que más denuncias genera diariamente en todo el país, generando una traba y una limitación que incrementa el trabajo de los operadores de justicia, retrasando otros casos que realmente requieren de mayor atención y eficiencia.
- En cuanto al apoyo que ha brindado el Estado para que los procesos cumplan los principios de celeridad, este ha sido muy limitado y por el contrario solamente se ha centrado en facilitar espacios para capacitación evidenciando así problemáticas presupuestarias que se reflejan al momento de la adquisición de equipos, materiales de oficina y contratación de peritos, por lo cual se evidencia que el Estado no está cumpliendo con lo que indican los tratados internacionales para garantizar los derechos de las víctimas a una vida libre de violencia.
- El personal especializado que labora para Fiscalía General del Estado, no está redireccionado única y exclusivamente para una sola Unidad Especializada, cada Fiscalía Provincial cuenta con un número determinado de Peritos o personal especializado, teniendo estos que atender las peticiones de todos los Fiscales de las diferentes Unidades Especializadas, así como de las Fiscalías Multicompetentes que se encuentran en los cantones, generándose de esta manera un retraso en los casos a investigar.
Recomendaciones
Como es de conocimiento público, hoy en día el Gobierno atraviesa unafuerte crisis económica, ya que por decisiones políticas de anterioresgobiernos no fueron favorables para el interés común de la nación, sinouna vez más sobresalió la corrupción, generando la situación que el paísatraviesa durante estos últimos tiempos, esto es la inseguridad, faltade empleo, salud, entre otros problemas institucionales que retrasan losintereses y las necesidades de la ciudadanía; sin embargo no está pordemás hacer la presente recomendación, puesto que este es uno de losobjetivos que se trazó al iniciar esta investigación, si bien es ciertono se sabe una fecha exacta de cuándo terminará esta crisis económicaque atraviesa el Gobierno Central, ya que los problemas y lasnecesidades que tiene el país son demasiados, unos más importantes queotros, por lo tanto dando cumplimiento a la presente investigación voy aenumerar algunas recomendaciones que se podrían aplicar en la FiscalíaGeneral del Estado, para que esta a su vez distribuya de maneraequitativa a cada Fiscalía Provincial lo que le corresponde:
- Lo más importante para cualquier institución y proyecto que se vaya a ejecutar siempre serán los recursos económicos, estos deben generarse a través políticas públicas, previo estudio sobre las necesidades urgentes de cada Fiscalía provincial, considerando el número de habitantes, la problemática social en el ámbito de Derecho Penal, y que ayuden a solucionar los problemas que atraviesa la institución como tal, solo así se podrá garantizar y tutelar los derechos de las presuntas víctimas e infractores, apegados siempre al principio de objetividad (Art. 5 #21 COIP).
- Considerando que se haya dado una solución al punto anterior, se debería contratar personal eficiente y eficaz, para la recepción de las denuncias, a fin de evitar que ingresen contravenciones disfrazadas de delitos u otros problemas que no van al caso, que simplemente entorpecen el sistema de justicia, y así se evitaría una carga laboral absurda.
- Contratar más personal especializado del que existe, puesto que los que cuenta Fiscalía Provincial del Azuay, son insuficientes para atender las necesidades de toda una provincia; sin embargo, no está por demás hacer una recomendación especial, esto es solicitar que al menos para la Unidad Especializada de Violencia de Genero se pueda contar con Psicólogos con perspectiva de género, así como también médicos legistas para atender casos que sean exclusivamente de naturaleza sexual.
Abstract
Main Text
Introducción
Metodología
Resultados
Discusión
Conclusiones
Recomendaciones